Novedades fiscales y laborales para empresas catalanas

Las últimas dos semanas han concentrado cambios relevantes en materia fiscal, laboral y administrativa. Para empresarios, autónomos y pymes de Cataluña, especialmente en la Cataluña central, estas novedades pueden afectar a declaraciones tributarias, gestión de personal, alquileres de corta duración y relación con la Administración.

Muchas medidas proceden del BOE y requieren una lectura práctica. No todas impactan por igual a cada negocio, pero sí conviene saber qué modelos cambian, qué procedimientos se revisan y qué obligaciones deben controlarse. En este contexto, el apoyo de una assessoria Farres-Solé cercana y especializada ayuda a convertir la normativa en decisiones claras para el día a día de la empresa.

Cinco novedades normativas que conviene tener presentes

Modelo 718 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas

La Orden HAC/652/2026 modifica el modelo 718 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. La actualización será aplicable por primera vez a la presentación correspondiente al ejercicio 2025, cuyo plazo se inicia a partir del 1 de julio de 2026.

El cambio adapta el modelo a la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Económico-Administrativo Central sobre la aplicación del límite de la cuota íntegra también a contribuyentes sujetos al impuesto por obligación real. Aunque no afecta a la mayoría de pymes, puede ser relevante para empresarios, socios o patrimonios elevados con bienes o derechos en España.

  • Revisar si existe obligación de presentar el modelo 718.
  • Comprobar límites, deducciones y coordinación con Patrimonio.

Jubilación parcial anticipada y contrato de relevo en el sector público

El Real Decreto-ley 19/2026 regula medidas urgentes sobre jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas y contrato de relevo. La norma permite mayor flexibilidad para vincular la jubilación parcial a personal relevista, incluso con fórmulas temporales cuando no sea posible cubrir inicialmente la plaza con personal laboral fijo.

Para una empresa privada, el impacto directo puede ser limitado. Aun así, es importante para entidades vinculadas al sector público, fundaciones, consorcios, universidades, ayuntamientos y departamentos de recursos humanos que gestionan personal laboral público. También afecta al asesoramiento laboral en procesos de relevo generacional y planificación de plantillas.

  • Revisar requisitos de acceso a la jubilación parcial.
  • Documentar correctamente la relación entre persona jubilada parcialmente y relevista.

Cambios en los modelos 210, 213 y 296 del IRNR

La Orden HAC/623/2026 modifica declaraciones del Impuesto sobre la Renta de No Residentes: modelo 210, modelo 213 y modelo 296. Es una novedad especialmente relevante en Cataluña por el peso de la inversión extranjera, los inmuebles propiedad de no residentes y las rentas obtenidas en España sin establecimiento permanente.

Entre los cambios se incorporan mejoras de información para dividendos y rentas inmobiliarias, ajustes en diseños de registro y modificaciones en determinados plazos y condiciones de presentación. Esto exige revisar bien la documentación antes de presentar las autoliquidaciones o declaraciones informativas.

  • Controlar operaciones con no residentes, alquileres, inmuebles y dividendos.
  • Actualizar procesos internos para preparar los modelos afectados.

Anulación parcial del Real Decreto 1312/2024 sobre alquileres de corta duración

La sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2026, publicada en el BOE el 26 de junio, estima parcialmente el recurso presentado por entidades vinculadas a los apartamentos turísticos de Barcelona y Girona contra el Real Decreto 1312/2024. La resolución declara nulos varios preceptos y menciones relativas al procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y al número de registro.

El impacto es especialmente relevante en zonas con alta actividad turística, como Barcelona, Girona y otros municipios catalanes. Aun así, la anulación parcial no elimina todas las obligaciones. Propietarios, empresas gestoras y plataformas deben seguir atentos a la normativa catalana, municipal y sectorial aplicable.

  • Revisar viviendas y alojamientos destinados a alquiler temporal o turístico.
  • Diferenciar entre obligaciones estatales anuladas parcialmente y normativa vigente en Cataluña.

Prórroga del convenio entre la Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo

La Resolución de 23 de junio de 2026 publica la adenda de modificación y prórroga del convenio entre la Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El objetivo es mantener el intercambio de información y la colaboración para prevenir y corregir el fraude fiscal y a la Seguridad Social.

La prórroga se acuerda por cuatro años adicionales y confirma una tendencia clara: las Administraciones cruzan cada vez más datos. Para empresas y autónomos, esto refuerza la necesidad de mantener coherencia entre declaraciones fiscales, nóminas, cotizaciones, facturación, subcontrataciones y documentación laboral.

  • Asegurar que la información fiscal y laboral sea coherente.
  • Revisar contratos, nóminas, altas, cotizaciones y facturación recurrente.

¿Qué significa para tu empresa?

Estas novedades tienen una lectura práctica para las empresas catalanas. En materia fiscal, obligan a revisar modelos, plazos y datos declarados, especialmente en operaciones con no residentes, rentas inmobiliarias o patrimonios elevados. En el ámbito laboral, refuerzan la necesidad de planificar correctamente jubilaciones parciales, contratos de relevo y documentación de personal cuando exista relación con el sector público.

También conviene prestar atención a los alquileres de corta duración, especialmente en Barcelona y Girona, donde la actividad turística tiene una presencia muy relevante. La anulación parcial del registro estatal no sustituye el cumplimiento de la normativa catalana y municipal.

Para pymes y autónomos de la Cataluña central, el mensaje es claro: revisar procedimientos internos, actualizar documentación y anticiparse a posibles requerimientos. Una gestión fiscal, laboral y administrativa ordenada reduce riesgos, evita sanciones y facilita la toma de decisiones.